Nueva versión del Sistema de Gestión Catastral integrado con Gestión de Expedientes y Sede Electrónica
Galileo, en su política de mejora tecnológica continua para sus clientes, ha liberado la nueva versión del sistema de Gestión Catastral que supone una importante mejora sobre la actual versión y, además, cumple con los supuestos de la Ley 39/2015 para promover una Administracion 100% digital basada en un Expediente Electrónico.
Esta versión incorpora importantes nuevas funcionalidades así como una racionalización de la estructura de la misma. Las modificaciones incluyen:
1. Integración de la gestión de los padrones del IBI en el módulo de gestión
catastral unificando en un solo punto todos los aspectos inherentes al Catastro.
2. Se integra el acceso a los servicios de la Oficina Virtual del Catastro permitiendo:
a. Gestión de expedientes de alteración catastral de tipo 901 integrado con la
OVC.
b. Emisión de certificaciones descriptivas y gráficas y de titularidad desde la OVC.
c. Descarga online y actualización de la cartografía catastral.
d. Mostrar vista 3D de edificaciones.
e. Visualización de las fotos de fachada de las parcelas ofrecidas por la OVC.
3. Nueva pestaña de vista StreetView asociada a la ficha de la parcela.
4. Mejoras en la interacción entre el módulo de consultas y la vista de mapa.
5. Creación del expediente electrónico de alteración catastral en el sistema de Tramitación para aquellas entidades que dispongan de convenio de colaboración, o bien que actúen de forma delegada para otras entidades que incluye las siguientes características:
a. Posibilidad de presentación a través de la Sede Electrónica de expedientes catastrales por parte de los interesados o sus representantes.
b. Comunicación electrónica a la Oficina Virtual del Catastro, permitiendo la consolidación de la alteración en la base de datos catastral casi en tiempo real.
c. Posibilidad de emitir automáticamente la propuesta de Decreto de Liquidación.
d. Integración con la plataforma de notificaciones telemáticas emitiendo automáticamente los comunicados que exige la ley (incoación, resolución, cierre, etc.). Notificación con carácter de fehaciencia.
e. Posibilidad de pago a través del TPV virtual de la Sede Electrónica.