ELABORACIÓN Y/O ACTUALIZACIÓN (E INFORMATIZACIÓN) DEL INVENTARIO DEL INVENTARIO DE BIENES Y DERECHOS.
El servicio que ofrece Galileo consiste en la realización del inventario, identificación y valoración de todos los bienes y derechos de su Entidad, así como la integración de los datos en soporte informático para su gestión y mantenimiento.
Como Ud. bien sabe, todas las entidades públicas tienen la obligación de disponer de un Inventario de bienes y derechos debidamente actualizado tal como establece el RD 1372/1986 del Reglamento de Bienes de Entidades Locales.
Además, las leyes en materia de transparencia, gobierno abierto, participación ciudadana, acceso a la información y buen gobierno, ya son desde hace tiempo plenamente aplicables para su Entidad.
En este sentido, también se aprobó una enmienda en la que se añade un apartado, en el capítulo II de Publicidad Activa del texto, donde se establece la obligatoriedad de que las entidades públicas publiquen su inventario de inmuebles.
Con esto se daría cumplimiento efectivo al derecho a saber de los ciudadanos, y por otra parte, que se pueda eventualmente alcanzar una mayor eficiencia económica al llegarse a conocer y controlar públicamente dicho patrimonio.
Por ello, desde Galileo-Grupo Maggioli, empresa con amplia experiencia a nivel nacional, ponemos a su disposición un equipo multidisciplinar para la elaboración/actualización del inventario de bienes municipales, así como del traspaso de los datos al programa informático para presentar el balance anual.
En caso de solicitarnos el servicio de elaboración del Inventario de Bienes, dotamos e implantamos en su Entidad, de manera gratuita, la aplicación “Gestión Inventario de Bienes Patrimoniales” que posibilite el seguimiento informatizado de los bienes de propiedad municipal objeto de inventario.
METODOLOGÍA:
Fase previa: Recopilación de la información.
La realización de esta fase consistirá en la recogida, análisis y tratamiento de la información facilitada por Organización.
Fase primera: Ordenación y validación de la información. Procesar la información.
Partiendo de esta documentación iniciamos el procesamiento de la información. En este paso se procede a la ordenación y valoración de la información reunida. Dicha información se contrasta/coteja entre si para obtener un listado inicial de los bienes que componen cada epígrafe. En colaboración con la Entidad, mediante reuniones periódicas para la resolución de dudas y consultas, se revisa ese listado inicial.
Elaboración de listado de bienes definitivo a la espera de la comprobación física in-situ posterior y su comparación con la documentación asociada.
Creación de ficha por bien, en la que se incluye la toda la información recogida sobre ese bien así como un listado de los documentos que soportan dicha información.
En esta fase se realizarán las actuaciones de investigación que resulten necesarias para la correcta identificación de los bienes.
Fase segunda: Comprobación y validación de la información.
Comprobación y validación de la información recopilada. Reuniones periódicas con el ayuntamiento para el seguimiento de la evolución del inventario así como para revisar dudas, recopilar posible documentación complementaria y redefinición de necesidades. Comprobación in situ.
La realización de los trabajos relativos a inventariar y registrar los bienes y derechos, deberá incluir:
Inspección física de los elementos: existencia, estado de uso, mediciones (parcelas, viales, etc.),
cantidades, utilidad y/o servicio, otras características físicas que lo identifiquen y determinen su ubicación y utilidad (cuando se requiera).
Comparación de la información obtenida a partir de la inspección física con los datos sacados de planos parcelarios municipales y catastrales, proyectos de obra, escrituras, y demás documentación.
Verificación documental. Revisión de los datos con las escrituras, datos regístrales de los diferentes registros, facturas y otros documentos justificativos de la propiedad.
Valoración. Reunión con la Entidad para la fijación de criterios sobre valoraciones.
Fase tercera: Entrega Inventario Provisional y Definitivo.
Presentación al Ayuntamiento de un Inventario Provisional.
Elaboración de informe provisional en el que se reseñan las incidencias. Se incluirá un sucinto informe jurídico sobre cualquier cuestión o problema importante que pudiera afectar a los distintos bienes o derechos (como por ejemplo que no estuviesen debidamente inscritos en el Registro).
Plazo prudencial de revisión por parte del Ayuntamiento del Inventario Provisional entregado así como del informe. Elaboración y entrega a la Entidad del inventario e Informe Definitivo.
Además, ponemos a su disposición un equipo multidisciplinar para la elaboración/actualización del inventario de bienes municipales, así como del traspaso de los datos al programa informático para presentar el balance anual.